Departamento de Bienestar Institucional

Unidad de Becas

Reglamento de ayudas económicas y becas en Carreras de grado

Introducción

Este Reglamento Interno del Campus Guairá de la Universidad Católica (UCG), de ayudas económicas y becas a estudiantes, abarca a las Carreras de grado y Tecnicaturas superiores (subsidiadas con fondos externos). No incluye los postgrados y otros niveles académicos también desarrollados por la Universidad que se dictarán con posterioridad.
En general el Reglamento se orienta a favorecer, como Universidad privada, las políticas de consolidación de las carreras de grado del PAI o Proyecto Académico Institucional, mediante ayudas económicas, becas e incentivos basados en el rendimiento académico y a favorecer una política de producción de conocimientos, a partir de reglamentaciones generales y específicas vigentes en la Universidad Católica.
Se describen a continuación, para su aprobación, las modalidades de ayudas económicas y becas con los requisitos para acceder a ellas. Se asume que quienes solicitan beneficiarse de estas modalidades abonaron ya la matrícula anual establecida, conocen y aceptan los estatutos de la UC, el Reglamento general de estudiantes, y los reglamentos internos de la propia UCG y de las facultades-carreras en que se inscriben.
Para aquellos estudiantes que puedan acceder a distintas modalidades de beneficios económicos, el interesado podrá usufructuar solo una de ellas, pudiendo optar por el beneficio mayor.
Se pierde el derecho a estos incentivos económicos cuando se cometen faltas disciplinarias contra los estatutos y el reglamento estudiantil vigente; o se evidencie que el estudiante suministró información no verídica, pretendiendo hacer fraude. Cuando no aprueba alguna materia, no podrá acceder más al beneficio en esa materia hasta que la apruebe.


CAPITULO I

BENEFICIOS ECONÓMICOS DISPONIBLES Y ORIGEN DE FONDOS

Art. 1: Según lo establecido en cada caso, la UCG ofrece Incentivos Económicos principalmente a quienes tienen un buen rendimiento en el semestre anterior y según necesidades socio-económicas comprobadas.
Art. 2: La fuente u origen son las Disponibilidades del Presupuesto Anual que se generan con los ingresos de las carreras ofrecidas, distribuidos en la siguiente forma:
a). hasta 5% del total de cuotas abonadas: a Estudiantes de Medicina y Carreras de Salud;
b). hasta 2,5 % del total de cuotas abonadas, en lo que corresponda a las restantes carreras.
Art. 3: La Dirección Administrativo-Financiera de la UCG para mantener e incrementar los beneficios concedidos, desarrollará un Plan de Adecuación del Sistema Administrativo a los requerimientos de la Gestión Académica, ajustando los Ingresos al nivel y estructura de los Gastos que demandan las Autoevaluaciones institucionales y Acreditaciones nacionales.
Garantizará a ese fin la disponibilidad de información oportuna y precisa como base de la toma de decisiones en materia de Control Presupuestario, fijando metas periódicas y determinando responsabilidades por fuentes u origen de los fondos correspondientes a cada erogación realizada según los distintos Beneficios Económicos concedidos.
Las erogaciones a ser realizadas en concepto de las diferentes modalidades de beneficios otorgados (bonificaciones, becas, descuentos especiales, etc.) se realizarán de acuerdo al número de postulantes y al monto estipulado para cada modalidad y Carrera, en el presupuesto anual asignado y aprobado para tal efecto.

CAPITULO II

BENEFICIOS BASADOS EN EL RENDIMIENTO ACADÉMICO

Art. 4: Los beneficios económicos asignados bajo este concepto son los siguientes:
4.1. BONIFICACIÓN A POSTULANTES
Definición: Es la reducción del costo de las matriculas a postulantes del Curso de Admisión. Se conceden descuentos en el costo fijado para Matricularse al Curso de Admisión según las siguientes categorías:
a). Mejores egresados de la Educación Media: 100%
b). Mejores alumnos del 3er. curso de la E. Media: 75%
c). Promedio 4,54 ó más en el 3er.curso: 50%
Requisito: Presentar el Certificado de Estudios y Diplomas debidamente legalizados.
Procedimientos:
a). El interesado retirará del Departamento de Bienestar Institucional el Formulario de Solicitud.
b). Adjunto a la solicitud, el interesado deberá presentar los documentos requeridos, 2 fotos tipo carnet y fotocopia de cédula de identidad.
4.2. BONIFICACIÓN ESTUDIANTIL.
Definición: La Bonificación es un sistema de descuento de cuotas establecidas por la Universidad Católica para ayudar a estudiantes con buen rendimiento académico, que por razones de necesidad económica no pueden hacer frente al pago de sus cuotas de estudios. Esta Bonificación podrá ser solicitada únicamente por los alumnos/as del 1er. curso de la carrera, estableciéndose un descuento de hasta el 30% sobre las cuotas de 1 ó los 2 semestres, según lo disponga el Comité de Becas.
Dicha Bonificación será otorgada visto el número de postulantes y el monto del presupuesto anual aprobado para este fin.
Requisitos: Para la concesión de la Bonificación se tendrán en cuenta:
a). Buen rendimiento académico en Admisión a partir de registros académicos recientes disponibles (promedio 3 absoluto o más).
b). Necesidad económica del alumno y de su grupo familiar.
Procedimientos:
a). El interesado retirará del Departamento de Bienestar Institucional, el Formulario de Solicitud y la Declaración Jurada correspondiente.
b). La Secretaría de Bienestar Institucional solicitará a la del Curso de Admisión el rendimiento académico del interesado.
4.3. BONIFICACIONES POR MERITOS ACADÉMICOS
Definición: Se otorgan a estudiantes que tengan un promedio de notas Sobresaliente o Distinguido durante el año inmediato anterior, a partir del 2do. Curso.
Requisitos:
4.3.1. Estudiante con Promedio 4,70 a 4,99 en el curso inmediato inferior de la carrera cursada: 75% de descuento en las cuotas vigentes durante dicho año lectivo.
4.3.2. Estudiante con Promedio 5 A (cinco absoluto) en el curso inmediato inferior de la carrera cursada: 100% de descuento en las cuotas vigentes durante dicho año lectivo (Beca).
Procedimientos:
a). El interesado retirará del Departamento de Bienestar Institucional el Formulario de Solicitud.
b). Adjunto a la solicitud, el interesado deberá presentar los documentos requeridos, 2 fotos tipo carnet y fotocopia de cédula de identidad.
c). La Secretaría de Bienestar Institucional solicitará a la Secretaría correspondiente de la carrera que cursa, el rendimiento académico del interesado.
4.3.3. Estudiante Ayudante de Cátedra; o Ayudante de Investigación en estudios con Protocolos aprobados; o Instructor Ayudante en Extensión Universitaria o Guardias Curriculares en el Hospital Espíritu Santo.
Descuento: Descuento de 1 cuota en carreras de medio tiempo y de 1 ó hasta las 2 últimas cuotas, correspondientes al año lectivo, en carreras de tiempo completo, según si el beneficio sea otorgado para uno o ambos semestres.
Requisitos:
a). Cumplir tareas reglamentadas, supervisadas y reportadas por el Responsable de Cátedra o Guardia, el cual asignará una calificación de 1 a 5, debiendo el estudiante tener calificación 3 o más.
b). Buen rendimiento académico (promedio 3 absoluto o más) en el curso inmediato anterior.
Procedimientos:
a). El interesado retirará del Departamento de Bienestar Institucional el Formulario de Solicitud.
b). Adjunto a la solicitud, el interesado deberá presentar los documentos requeridos, 2 fotos tipo carnet y fotocopia de cédula de identidad.
c). La Secretaría de Bienestar Institucional solicitará a la Secretaría correspondiente de la carrera, el rendimiento académico del interesado en la cátedra o servicio en cuestión y el del curso inmediato anterior.

CAPITULO III

BENEFICIOS POR NECESIDADES SOCIO-ECONÓMICAS

Art. 5: Los beneficios económicos asignados bajo este concepto son los siguientes:
5.1. DESCUENTOS DE CUOTAS EN LA CARRERA CURSADA
Definición:
Se dirige exclusivamente a estudiantes que sobrellevan dificultades socio-económicas para solventar su formación académica.
Requisitos: Para la concesión del Descuento de Cuotas se tendrán en cuenta:
a). Buen rendimiento académico (promedio 3 absoluto o más) en el curso inmediato anterior
b). Necesidad económica del alumno y de su grupo familiar.
Descuentos: El beneficio del descuento acordado es de una o dos de las últimas cuotas del año, a abonarse en las carreras.
Se gestiona y accede al beneficio presentando los recibos de pagos previos establecidos.
Procedimientos:
a). El interesado retirará del Departamento de Bienestar Institucional, el Formulario de Solicitud y la Declaración Jurada correspondiente.
b). Adjunto a la solicitud y la declaración jurada, el interesado deberá presentar los documentos requeridos que avalen la situación socio-económica personal y/o familiar, 2 fotos tipo carnet y fotocopia de cédula de identidad.
c). La Secretaría de Bienestar Institucional solicitará a la Secretaría correspondiente de la carrera que cursa, el rendimiento académico del interesado.
d). Según parecer del Departamento de Bienestar Institucional, se realizará una visita domiciliaria a fin de evaluar la situación socio-económica familiar.
5.2. FINANCIACIÓN DE CUOTAS CON FIRMA DE PAGARÉ
Definición: Los alumnos que adeudan cuotas de cualquier carrera en el Campus, se encuentran inhabilitados de la posibilidad de realizar los trámites administrativos de:
a). Inscribirse para rendir exámenes,
b). Inscribirse para cursar en el siguiente periodo lectivo
c). Retirar sus títulos o certificado de estudio.
c). Para facilitar y destrabar esta situación y realizar los trámites administrativos mencionados en los ítems (a) y (b), se establece este “Reglamento de financiación de Cuotas con firma de Pagaré”:
El alumno solicita por escrito al Departamento de Bienestar Institucional, adjuntando la fotocopia de su cédula de identidad y la documentación requerida por el mismo, el financiamiento de sus cuotas vencidas, por medio de firma de pagaré.
Este Departamento verifica las cuotas vencidas y no pagadas y la existencia o no de otras deudas en la UCG, emitiendo el “Estado de cuenta del alumno”; el alumno asume que el pago inicial de su deuda no podrá ser inferior al 30% del total de la misma, y por el saldo firmará un pagaré cuyo monto será calculado a la fecha de vencimiento. El vencimiento del pagaré no podrá superar los doce meses, debiendo presentar un plan de pago de amortización mensual del Pagaré.
El estudiante podrá tener un solo pagaré al año.
La firma de pagaré por un monto superior a un salario y medio del mínimo vigente, deberá tener imprescindiblemente un codeudor y el informe del Dpto. de Bienestar Institucional. Para los casos de financiación de cuotas, con firma de pagaré, a hijos o cónyuges de docentes o funcionarios administrativos, se deberá contar imprescindiblemente con la firma de los mismos, como co-deudores. Para todos los casos, si el alumno/a es casado/a deberá contar además con la firma de su cónyuge. En el caso de alumnos/as que por el tipo de carrera que cursan no sean alumnos/as trabajadores o que sean menores de edad y dependan exclusivamente de sus Padres o Tutores legales, deberán contar con la firma de los mismos como co-deudores.
Todo alumno/a que haya firmado pagaré y desee pedir una nueva financiación deberá cancelar por lo menos el 50% del monto del pagaré vigente, salvo casos excepcionales debidamente demostrados en los que se podrá re-financiar con el pago de un porcentaje que no podrá ser inferior al 30%, para lo cual deberá contar con la autorización de la Dirección General Administrativa y Financiera.
Los alumnos que gocen de descuentos, toda vez que tengan un promedio general de 3 (tres) absoluto, podrán acceder a la financiación de cuotas con firma de pagaré.
Ningún alumno/a podrá des-inscribirse de asignaturas que forman parte de las cuotas vencidas por las cuales firmó pagaré.
Ningún alumno/a si ya posee pagaré firmado dentro del semestre, podrá agregar importe por nuevas asignaturas, que corresponda adicionarse al mismo.
Si el alumno tiene des-inscripción en algunas materias, no podrá firmar pagaré por las materias des-inscriptas.
En caso de incumplimiento por parte del estudiante, la Dirección Administrativo-Financiera comunicará dicha situación a INFORMCONF.
5.3. COMEDOR ESTUDIANTIL
Definición: Se dirige exclusivamente a estudiantes que sobrellevan dificultades socio-económicas para solventar su formación académica y que cursan carreras de tiempo completo, a quienes se brinda la oportunidad de usufructuar los servicios de Almuerzo ofrecidos en el Comedor del Campus.
Requisitos: Para la concesión del usufructo del Comedor Estudiantil se tendrán en cuenta:
a). Buen rendimiento académico (promedio 3 absoluto o más) en el curso inmediato anterior
b). Necesidad económica del alumno y de su grupo familiar.
Descuentos: El beneficio acordado es de almuerzos gratuitos e intransferibles durante 1 ó los 2 semestres del año lectivo, a ser usufructuados los días en que el estudiante tenga actividades académicas de mañana y tarde en el Campus.
Procedimientos:
a). El interesado retirará del Departamento de Bienestar Institucional, el Formulario de Solicitud y la Declaración Jurada correspondiente.
b). Adjunto a la solicitud y la declaración jurada, el interesado deberá presentar los documentos requeridos que avalen la situación socioeconómica personal y/o familiar, 2 fotos tipo carnet y fotocopia de cédula de identidad.
c). Según parecer del Departamento de Bienestar Institucional, se realizará una visita domiciliaria a fin de evaluar la situación socioeconómica familiar.
c). La Secretaría de Bienestar Institucional solicitará a la Secretaría correspondiente de la carrera que cursa, el rendimiento académico del interesado.
d). El Departamento de Bienestar Institucional proporcionará al responsable del Comedor, la lista de los estudiantes beneficiados en forma mensual y acordará con el mismo el menú establecido para los beneficiarios.

CAPITULO IV

BENEFICIOS ECONÓMICOS POR RELACIONES INSTITUCIONALES

Art. 6: La UCG tiene comprometidos beneficios económicos a hijos/as del personal docente y administrativo de la Universidad; al personal docente nucleado en la Caja Mutual, Funcionarios de la C.E.P., Funcionarios Curiales de las Diócesis, así como sus cónyuges e hijos/as y a Instituciones con quienes mantiene Convenios bajo términos específicos de cooperación académica, científica y cultural.
Para los beneficios económicos establecidos a través de Convenios Interinstitucionales se tendrá en cuenta el monto asignado para tal efecto, dentro del presupuesto anual aprobado para el año lectivo, así como las cláusulas de los mismos referentes a la contrapartida de la UCG.
6.1. DESCUENTOS A ESTUDIANTES HIJOS Y CÓNYUGES DE DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS DE LA U.C. Y A FUNCIONARIOS ESTUDIANTES DE LA U.C.
Los descuentos o reducciones se efectúan con cargo, no al pago de matrículas anuales, sino de las cuotas fijadas para las carreras ofrecidas de medio tiempo y de tiempo completo, a hijos y cónyuge de cualquier docente o personal administrativo que está en relación de dependencia de la Universidad Católica según la antigüedad en la Institución, así como a funcionarios administrativos que estudian en la UCG.
Las reducciones llegan hasta un 50% del total a favor de hijos y cónyuge del docente o personal administrativo, o del funcionario estudiante de la UC, que se halla en relación de dependencia activa o pasiva respecto a la Universidad, según la antigüedad y lo establecido en las reglamentaciones generales vigentes de la Universidad Católica (Rectorado y Sedes o Unidades Pedagógicas).
Se entiende como dependencia pasiva de la Universidad, la de aquellos profesores jubilados de la docencia activa en la misma, por medio de la Caja Mutual de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente de la Universidad Católica.
Los beneficios establecidos, se darán en una escala ascendente con relación a la antigüedad y permanencia del docente, personal administrativo o funcionario estudiante, según se detalla a continuación:
Antiguedad y Beneficios:
2 semestres ó 1 año lectivo cumplido: 10%
4 semestres ó 2 años lectivos cumplidos: 20%
6 semestres ó 3 años lectivos cumplidos: 30%
8 semestres ó 4 años lectivos cumplidos: 40%
10 semestres ó 5 años lectivos cumplidos: 50%
Los docentes que tienen asignaturas semestrales, recibirán el beneficio al año siguiente del cumplimiento del semestre.
Esta antigüedad se interrumpe cuando el docente y el funcionario administrativo o funcionario estudiante deja de prestar servicios en la institución por un año lectivo completo.
En el caso que el docente o personal administrativo tenga 3 o más hijos matriculados en esta Universidad, a partir del tercer hijo matriculado, recibirá beneficios dobles a los establecidos anteriormente
Requisito: ser funcionario estudiante o hijo o cónyuge de docente o funcionario administrativo con una antigüedad mínima de 1 (un) año.
Procedimientos:
a). El interesado retirará del Departamento de Bienestar Institucional el Formulario de Solicitud.
b). Adjunto a la solicitud, el interesado deberá presentar el certificado de trabajo del padre, madre o cónyuge docente o funcionario de la UC, 2 fotos tipo carnet y fotocopia de cédula de identidad.
c). En caso de ser funcionario estudiante, adjunto a la solicitud, el interesado deberá presentar el certificado de trabajo expedido por el Departamento de Recursos Humanos de la UCG, 2 fotos tipo carnet y fotocopia de cédula de identidad.
6.2. DESCUENTOS A FUNCIONARIOS DE LA C.E.P. Y DE LAS DIÓCESIS Y FAMILIARES
Los descuentos o reducciones se efectúan con cargo, no al pago de matrículas anuales, sino de las cuotas fijadas para las carreras ofrecidas de medio tiempo y de tiempo completo, a funcionarios de la C.E.P. y funcionarios curiales, así como sus cónyuges e hijos que tengan necesidades económicas.
Los beneficios establecidos, se darán en una escala ascendente con relación a la antigüedad del funcionario, en forma similar a la escala establecida en el apartado 5.1.
Esta antigüedad se interrumpe cuando el funcionario deja de prestar servicios en la institución por un año lectivo completo.
Requisitos:
a). Ser funcionario de la C.E.P., funcionario curial de diócesis, hijo o cónyuge del mismo.
c). Tener buen rendimiento académico (promedio 3 absoluto o más) en el curso inmediato anterior.
Procedimientos:
a). El interesado retirará del Departamento de Bienestar Institucional el Formulario de Solicitud.
b). Adjunto a la solicitud, el interesado deberá presentar el certificado de trabajo del funcionario, 2 fotos tipo carnet y fotocopia de cédula de identidad.
c). Constancia expedida por el Obispo de la Diócesis sobre las necesidades económicas del interesado.
d). La Secretaría de Bienestar Institucional solicitará a la Secretaría correspondiente de la carrera, el rendimiento académico del interesado en el curso inmediato anterior.

CAPITULO V

PARTICIPACIÓN ACTIVA EN ACTIVIDADES DE BIENESTAR UNIVERSITARIO Y SERVICIOS A LA UNIVERSIDAD CATÓLICA

Art. 7: Definición. La U.C.G. asigna, en menor medida y según posibilidades existentes en cada caso, a través del Consejo de Gobierno y previo informe del Comité de Becas, otros apoyos económicos a estudiantes que lleven a cabo programas, actividades y servicios, con un buen nivel u organización, en áreas de Deportes (ej.: fútbol, ajedrez…), Cultura (ej.: danza, cine, teatro), Proyección Social (programas con proyección cultural-ciudadana, de servicio social…) y Orientación Universitaria.
7.1.- BECAS DEPORTIVAS, CULTURALES Y SOCIALES
El apoyo económico otorgado se realiza de acuerdo a los fondos asignados al efecto dentro del presupuesto anual aprobado para el año lectivo.
Para el caso de actividades deportivas o culturales de competencia en representación de la universidad, tanto a nivel nacional como regional, las becas serán asignadas según se detalla a continuación:
1er. Puesto Nacional: descuentos del 40% en las cuotas correspondientes al año lectivo.
1er.Puesto Regional: descuentos del 20% en las cuotas correspondientes al año lectivo.
2do. Puesto Nacional: descuentos del 20% en las cuotas correspondientes al año lectivo.
2do. Puesto Regional: descuentos del 10% en las cuotas correspondientes al año lectivo.
3er. Puesto Nacional: descuentos del 10% en las cuotas correspondientes al año lectivo.
Las becas por elaboración y ejecución de proyectos sociales serán otorgadas previa evaluación de los mismos por un tribunal designado para el efecto.
El apoyo económico otorgado para esta modalidad será de 1 ó hasta las 2 últimas cuotas correspondientes al año lectivo.
Requisitos:
a). Buen rendimiento académico (promedio 3 absoluto o más) en el curso inmediato anterior
b). Haberse destacado en el servicio o actividad realizada (calificación 3 o más).
Procedimientos:
a). El interesado retirará del Departamento de Bienestar Institucional, el Formulario de Solicitud correspondiente.
b). Adjunto a la solicitud, el interesado deberá presentar los documentos requeridos que avalen su participación en la actividad en la que se ha destacado, 2 fotos tipo carnet y fotocopia de cédula de identidad.
c). La Secretaría de Bienestar Institucional solicitará a la Secretaría correspondiente de la carrera que cursa, el rendimiento académico del interesado.
d). Una vez que la Secretaría de Bienestar Institucional reúna toda la documentación necesaria remitirá el/los legajos al Consejo de Gobierno para su aprobación.
7.2.- BENEFICIOS ECONÓMICOS POR SERVICIOS A LA U.C.
Definición: Se dirige exclusivamente a estudiantes que sobrellevan dificultades socio-económicas para solventar su formación académica a quienes se brinda la oportunidad de prestar servicios a la UCG a cambio de beneficios económicos en el pago de las cuotas.
El apoyo económico otorgado se realiza de acuerdo a los fondos asignados al efecto dentro del presupuesto anual aprobado para el año lectivo.
Requisitos:
a). Buen rendimiento académico (promedio 3 absoluto o más) en el curso inmediato anterior
b). Haberse destacado en el servicio o actividad realizada (calificación 3 o más), según la evaluación de la jefatura del área donde se desempeña.
Descuentos: El beneficio del descuento será acorde al horario establecido por el Dpto. de Recursos Humanos de la UCG, no pudiendo ser superior al 30% del monto de las cuotas a ser abonadas durante 1 ó los 2 semestres del año lectivo.
La decisión del descuento dependerá del Consejo de Gobierno, previo dictamen de Dirección Administrativa.
Procedimiento:
a). El interesado retirará del Departamento de Bienestar Institucional, el Formulario de Solicitud y la Declaración Jurada correspondiente.
b). Adjunto a la solicitud y la declaración jurada, el interesado deberá presentar los documentos requeridos, 2 fotos tipo carnet y fotocopia de cédula de identidad.
c). La Secretaría de Bienestar Institucional solicitará ala Secretaría correspondiente de la carrera, el rendimiento académico del interesado en el curso inmediato anterior y a la dependencia donde presta sus servicios, la evaluación de desempeño correspondiente.
d). Una vez que la Secretaría de Bienestar Institucional reúna toda la documentación necesaria, remitirá el/los legajos al Consejo de Gobierno para su aprobación.

CAPITULO VI

SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA DECISIONES PRESUPUESTARIAS

Art. 7: Para una cuantificación cierta de los Beneficios económicos de contrapartida exigidos y concedidos bajo los diversos conceptos desarrollado en estos Capítulos, la Dirección Administrativa-Financiera U.C.G. organizará registros contables que los especifique convenientemente.
La discriminación según fuentes-origen de los fondos con los que se cubren las erogaciones es un imperativo a corto plazo, sea en la Ejecución Presupuestaria correspondiente al ejercicio 2010 como en la programación presupuestaria a detallarse para el 2011. Se gestionará para ello el apoyo y concurso de las instancias pertinentes de la Universidad.

Aprobado “ad experimentum” por el Consejo de Gobierno de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”, Campus Guairá, en fecha 10 de julio de 2013.

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